- El efectivo policial, Otorino Cañabé, recordó que los miembros titulares de las instituciones que pertenecen al COPROSEC están obligados a asistir, el no hacerlo puede acarrear denuncias y sanciones.
Este jueves 12 de septiembre se realizará la quinta reunión del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) de Tarma, esta se desarrollará en el salón consistorial de la municipalidad de Tarma a partir de las tres de la tarde.
Con relación a este tema el efectivo policial Otorino Cañabé, indicó que el secretario técnico del COPROSEC, Jorge Contreras, ya ha emitido los oficios y las invitaciones a los miembros titulares de las instituciones que están adscritas al COPROSEC, por lo que se espera la asistencia de todos.
Señaló que los titulares “están obligados” a asistir a la reunión, si por alguna razón se delegara la representación a otra persona, la institución debe comunicar con tiempo al comité para que se adopten las medidas del caso. Lamentablemente es común que los titulares se excusen y envíen a alguien en su reemplazo.
Sin desdeñar el trabajo del reemplazante, cuando los titulares no acuden no se pueden adoptar acuerdos firmes que consten en las actas, indicó. Es que la persona que reemplaza, a diferencia del titula, no tiene poder de decisión, lo que retrasa el trabajo de este comité.
DENUNCIAS Y SANCIONES.
El efectivo policial indicó que tanto los alcaldes de los distritos como los representantes de otras instituciones que también deben acudir a las reuniones del COPROSEC, deben conocer la ley (27933), por tanto saben que si no asisten de manera continua a estas reuniones son pasibles de ser denunciados. En el caso de los alcaldes pueden ser suspendidos y hasta vacados.
EL DATO.
El COPROSEC cumple con dictar directivas de seguridad ciudadana. Difundir las medidas y acciones sobre seguridad ciudadana y evaluar el impacto de las mismas en la comunidad.
Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC)
De acuerdo con la Ley N° 27933, «Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana», es el órgano ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), es presidido por el alcalde provincial e integrado por los siguientes miembros:
La autoridad política de mayor nivel de la localidad.
El jefe policial de mayor graduación de la jurisdicción
La autoridad educativa del más alto nivel.
La autoridad de salud o su representante.
Un representante del Poder Judicial, designado por el presidente de la Corte Superior de la jurisdicción.
Un representante del Ministerio Público, designado por el Fiscal Superior Decano de la jurisdicción.
El Defensor del Pueblo o el que hiciere sus veces.
Tres alcaldes de los distritos con mayor número de electores de la provincia.
Un representante de las juntas vecinales.
Un representante de las rondas campesinas.