PASAJEROS Y CHOFERES DE TRANSPORTE PÚBLICO DEBEN USAR PROTECTORES FACIALES, OBLIGATORIAMENTE.

A pesar de advertencias y sanciones la mayoría de los conductores no cumple con exigir a los pasajeros el uso del protector facial. Las sanciones incluyen la retención del permiso para conducir y de la tarjeta de propiedad del vehículo.

A pesar de las advertencias del subgerente de tránsito de la municipalidad de Tarma, Rodolfo Adama, sobre las sanciones que recaerán sobre los conductores que no exijan el protector facial a los pasajeros que aborden sus unidades, son muy pocos los que están cumpliendo con esta disposición que desde hace semanas rige en todo el territorio nacional para disminuir los contagios de la COVID – 19.

Rodolfo Adama indicó que a partir del 17 de agosto se iban a realizar los operativos para detectar a los conductores que no cumplan con esta norma, pero hubo retrasos debido a que recién se ha contratado a nuevos inspectores de tránsito, los que están siendo capacitados, además que están en proceso de entregar los uniformes y otros implementos, las papeletas, también, se están preparando, refirió el funcionario.

Obstruye la visión.

Hay dos empresas que están solicitando que se exceptúe a sus conductores de usar el protector facial porque les impide ver con claridad al momento de conducir los vehículos, de llegarse a un acuerdo, se informará a la policía para que tengan conocimiento del caso, Rodolfo Adama, dijo que es necesario que se remita una solicitud a su despacho para sustentar estos pedidos porque la disposición indica que el protector facial lo deben llevar los pasajeros y el chofer.

Sanciones.

El conductor que no cumpla con esta norma será sancionado con el 0.5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además las autoridades podrán retener el permiso de conducir y la tarjeta de propiedad del vehículo. Hay que recordar que está prohibido también llevar exceso de pasajeros en las unidades, en un colectivo deben de viajar máximo tres pasajeros.

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