JEE DECLARÓ INADMISIBLES TACHAS CONTRA CANDIDATOS A REGIDORES DE SIERRA Y SELVA.

La ciudadana que presentó las tachas contra estos candidatos, no cumplió con el pago de las “tasas”.

Mediante la Resolución N° 00449 – 2018  -JEE-TARMA/JNE, resolvió declarar “inadmisible la solicitud de tacha interpuesta por la ciudadana Angélica Consuelo Santibañez Malma, contra los candidatos a la regiduría de la Provincia de Tarma don Junior Keneth Torres Huamán, don Samuel Renzo Luna Huari y don Robeth Javier Calderón de la organización política Movimiento Regional Sierra y Selva”.

En el segundo punto de la referida resolución dice; “Requerir a la ciudadana Angélica Consuelo Santibañez Malma a fin de que adjunte las tasas electorales por concepto de tacha por cada candidato tachado en el plazo de un (1) día calendario y/o en su defecto precise que candidato proseguirá su tacha solicitada haciendo uso su única tacha electoral ya adjuntada, ello dentro del mismo plazo ya concedido bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de su solicitud”.

En el análisis que realizó el personal del JEE, se indica que la ciudadana Angélica Santibañez Malma, “mediante su escrito” de fecha 26 de julio del 2018, interpone tacha contra los tres candidatos a regidores provinciales ya mencionados, sin embargo, tan solo cumplió con adjuntar una tasa electoral por concepto de tacha, cuando debía de adjuntar “tres tasas electorales por cada uno de los candidatos tachados”. Por eso se le solicitó a la ciudadana que adjuntara las tasas por la cantidad de candidatos tachados.

El alegato que presentó la señora Angélica Santibañez fue que los “referidos candidatos no son comuneros de las comunidades campesinas de Urauchoc y Palcamayo, respectivamente”. No hay que olvidar que en parte de las normas se indica que; “las tachas deben fundamentarse en el escrito respectivo, señalando las infracciones a la Constitución y a las normas electorales, y acompañando las pruebas y requisitos correspondientes”.

 

 

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