El Jurado Electoral Especial (J.E.E) de la provincia de Tarma, mediante la Resolución N°00419 – 2018 – JEE – TARMA/JNE, resolvió declarar “improcedente” la inscripción del candidato John Christian Lino Soldevilla al no haber subsanado la observación consignada en la Resolución 00247 del presente año.
Luego del análisis y evaluación que realizó el J.E.E se llegó a la conclusión de que el candidato no ha podido acreditar de manera fehaciente su residencia, por dos años, en el distrito de Huaricolca, del que pretendía ser alcalde, esto a pesar que el susodicho ha presentado diferentes documentos para acreditar su residencia, pero estos no han sido suficientes.
Sobre los modos de acreditar el domicilio se señala lo siguiente; En caso de que el DNI del candidato no acredite el tiempo de domicilio requerido, debe presentarse el original o copia legalizada del o de los documentos con fecha cierta que acredita los dos años de domicilio en la circunscripción en la que postula. Los dos años de domicilio en la circunscripción a la que postula pueden ser acreditados, entre otros medios coadyuvantes, con originales o copias autenticadas de los siguientes instrumentos: a) Registro del Seguro Social; b) Recibos de pago por prestación de servicios públicos; c) Contrato de arrendamiento de inmueble; d) Contrato de trabajo o de servicios; e) Constancia de estudios presenciales; f) Constancia de pagos de tributos, y g) Título de propiedad del bien inmueble ubicado en el lugar en el que postula.
En el caso concreto, el personero legal José Carlos Martínez Blancas, a fin de acreditar el domicilio de dos años en el lugar donde postula el candidato John Christian Lino Soldevilla adjuntó los siguientes documentos: “Contrato de Mutuo Acuerdo”, Escritura Pública de Compra y Venta que celebran Zacarías Lino Ñaupari y Rubén Lino Araujo. Recibo de luz otorgado por Electrocentro y Constancia Domiciliaria. Cada uno de estos documentos fue analizado por el J.E.E y se concluyó que ninguno de estos documentos acredita la residencia el candidato en el municipio de Huaricolca. Hay indicios de que incluso, con esta documentación se ha tratado de sorprender a los miembros del jurado. Ninguno de estos documentos ha sido “idóneo” por lo tanto “debe declararse improcedente su inscripción”, dice en parte del documento. Cabe indicar que la lista de candidatos a regidores sigue en el proceso, solo la candidatura de Lino Soldevilla, ha sido declarada improcedente