- La información señala que, el director del hospital, Clifor Curipaco y la subdirectora, Lourdes Ayala, están inhabilitados en los colegios profesionales de enfermeros y cirujanos dentistas, respectivamente.
Un nuevo caso cuestionable se pone al descubierto en el hospital Félix Mayorca Soto de Tarma. De acuerdo a la información, el director ejecutivo del nosocomio, Clifor Curipaco López, enfermero de profesión, figura como “inhábil”. Este resultado se arroja luego de la búsqueda virtual en el Colegio de Enfermeros del Perú (“Consejo Nacional”). Sin embargo, en esa información no se alcanza la razón por la que está en calidad de “inhábil”.

Similar caso es de la cirujano – dentista, Lourdes Ayala Díaz. Al realizarse la búsqueda virtual de su condición en el portal del Colegio de Cirujanos Dentistas del Perú – Región Lima, la profesional en mención aparece como “no habilitado”.

El caso de Ayala Díaz, es complejo porque, de acuerdo a la información que se tiene ella llegó el año pasado al hospital para realizar una auditoría al Seguro Integral de Salud (SIS), por razones que se desconocen se quedó a laborar en el nosocomio de Tarma. Este año ocurrió algo más extraño aún; la cirujano – dentista empezó a ganar suma como si se desempeñara como subdirectora o directora adjunta en el hospital. Según fuentes fidedignas, ella no ejerce ese cargo, pero gana como si lo hiciera.
Es necesario que el ex encargado de la Dirección Regional de Salud (DIRESA), cargo que ejerció antes de ser director de la Red Integrada de Salud, RIS – Tarma, le explique a la población a que se debe su status en su colegio profesional y, también, el de la supuesta directora adjunta.
EL DATO.
En el Perú, un afiliado a determinado colegio profesional puede ser inhabilitado por las siguientes razones.
Faltas Administrativas y Económicas
Deuda de cuotas: No pagar las cuotas mensuales o aportes obligatorios establecidos por el gremio durante varios meses consecutivos.
Incumplimiento de normas internas: Faltar a los estatutos, reglamentos o acuerdos obligatorios del colegio profesional.
Sanciones Éticas y Disciplinarias
Faltas graves a la ética: Cometer actos contrarios a la ética profesional en el ejercicio de la labor, determinados mediante un proceso disciplinario interno.
Denuncias por ejercicio irregular: Recibir una sanción administrativa o suspensión temporal tras comprobarse una mala práctica o negligencia.
Mandatos Legales y Judiciales.
Sentencia judicial firme: Recibir una orden de un juez que inhabilite expresamente a la persona para ejercer su profesión.
Inhabilitación para la función pública: Contar con una sanción del Estado que impida ejercer cargos públicos, lo que también restringe asumir puestos de dirección dentro de algunas instituciones gremiales según la normativa vigente