UN INTEGRANTE DE LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE PIURA, FUSTIGÓ A LA GESTIÓN MUNICIPAL POR NO CUMPLIR CON LAS NORMATIVAS PARA FACILITAR EL DESPLAZAMIENTO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Un integrante de la Asociación de Personas con Discapacidad de Piura, comprobó y denunció a través de Radio Tarma que hay “una violación” a los derechos de las personas con discapacidad, se está afectando las normativas de la Ley 29973 “Ley General de la Persona con Discapacidad”.
La mencionada persona que tiene discapacidad visual, señaló que la ley contempla multas de hasta 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para aquellos establecimientos que sacan a las veredas sus maniquíes, letreros y otros objetos, obstaculizando el libre tránsito de las personas con discapacidad; por ejemplo, señaló la movilización de una persona en silla de ruedas es imposible. La entidad encargada de imponer las sanciones de acuerdo a ley es la municipalidad, dijo.
LA OMAPED DEBE SER UNA SUBGERENCIA.
Con relación a la Oficina Municipal de Apoyo a la Persona con Discapacidad (OMAPED), señaló que debería ser una subgerencia, con la capacidad de “tomar decisiones”, la municipalidad debería generar las ordenanzas necesarias para prohibir que haya obstáculos en las vías. Esta persona también demandó el pronunciamiento de la Sociedad Civil.
De acuerdo a las leyes la municipalidad debería de invertir un porcentaje de sus presupuestos para mejoras en la ciudad en beneficio de las personas con discapacidad, que también son ciudadanos con derechos, los que tendrían que ser respetados. Los invidentes de la ciudad de Tarma también exigen que haya medidas que les favorezcan, dichas medidas, por ende, también beneficiarían a las personas “comunes y corrientes” que sufren por el panorama que se vive en la ciudad de Tarma.
El ruido estridente es otro factor que atenta contra la seguridad de las personas invidentes, estos ruidos confunden a las personas que no ven debido, precisamente, a su condición. Tienen el sentido del oído más agudo que las personas «normales», por lo tanto los ruidos les dificultan más el hecho de poder desplazarse.
EL DATO.
La persona con discapacidad tiene derecho a la vida y al respeto de su integridad moral, física y mental en igualdad de condiciones que las demás. Su participación en investigaciones médicas o científicas requiere de su consentimiento libre e informado.